Si desea realizar la venta o el alquiler de una vivienda, debe tener en cuenta que necesitará solicitar cédula de habitabilidad en Barcelona. Este es un requisito que está establecido en el Decreto 141/2012, de 30 de octubre, por el cual se especifican las condiciones mínimas para que un espacio pueda ser ocupado o no por una persona.
En el Artículo 8 de este Decreto, este requisito se define como un acto administrativo, que cumple con lo estipulado en la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, que habla sobre el derecho a la vivienda. Por lo tanto, se refiere a la posibilidad de que sirva como una residencia humana, sin que realicen otras actividades sin previa autorización.
La vigencia de este documento es de 25 años para las viviendas nuevas y de 15 años para las de segunda ocupación y de primera ocupación de rehabilitación. Una vez que haya pasado este plazo, hay que volver a hacer la gestión.
La información que contiene la cédula de habitabilidad, según el Decreto 141/2012, es la siguiente:
- Datos identificativos como la dirección
- Superficie útil (vivienda y habitaciones)
- Estancia y espacios que hay en el lugar
- Umbral máximo de ocupación
- Identificación y titulación del técnico que certifica estas condiciones
A la hora de tramitar esta cédula, lo más recomendable es solicitar asesoramiento a una empresa especializada en el área, que se encargue de hacer la evaluación y de realizar todo el procedimiento. Si toma esta decisión, lo único que necesitará será la fotocopia de DNI del solicitante, incluso, si está en planta baja, ático o entresuelo.
Los expertos deberán visitar el lugar, harán la emisión del Certificado de Habitabilidad, realizarán la petición de la Cédula de Habitabilidad al departamento de Habitatge –Generalitat, en donde tendrán que pagar las tasas correspondientes. Con la ayuda de los especialistas, la obtención de este documento está a pocos pasos.